• Tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para las grandes multinacionales

    • Los Estados miembro deberán aplicar las nuevas normas antes del 31 de diciembre de 2023

 

 

 

Los Estados miembros de la UE han alcanzado un acuerdo para aplicar el denominado “pilar 2”, componente de la reforma fiscal internacional de la OCDE relativo a un nivel mínimo de imposición.

El beneficio de los grandes grupos multinacionales y nacionales de empresas o sociedades cuyo volumen de negocios anual agregado sea de al menos 750 millones de euros, estarán sujetas a un tipo impositivo que no podrá ser inferior al 15 %. Las nuevas normas reducirán el riesgo de erosión de la base imponible y de traslado de beneficios, y garantizarán que los grupos multinacionales de mayor tamaño paguen el impuesto de sociedades al tipo mínimo global acordado.

Los eurodiputados quieren una cláusula de revisión que permita reevaluar el umbral de ingresos anuales y un análisis del impacto de la legislación en los países en desarrollo.

Otro de sus objetivos es limitar las exenciones que propone la Comisión, así como la posibilidad de abusos. Para ello, introducen un artículo específico dirigido a evitar las estructuras diseñadas para la elusión fiscal.

Antecedentes

El 8 de octubre de 2021, casi 140 países del Marco Inclusivo de la OCDE y el G20 sobre erosión de la base imponible y traslado de beneficios (BEPS) alcanzaron un acuerdo histórico sobre la reforma de la fiscalidad internacional y un plan de acción detallado.

La reforma de las normas sobre fiscalidad internacional de las empresas consta de dos pilares:

  • El pilar 1 se refiere al nuevo sistema de atribución de la potestad tributaria sobre las empresas multinacionales de mayor tamaño a los territorios en los que se han obtenido los beneficios. Continúan los trabajos para formalizar los detalles.
  • El pilar 2 establece normas destinadas a reducir las posibilidades de erosión de la base imponible y de traslado de beneficios, a fin de que los mayores grupos multinacionales de empresas paguen un tipo mínimo del impuesto de sociedades. Este pilar se incorpora ahora a la legislación de la UE mediante una Directiva europea que han adoptado por decisión unánime los Estados miembros de la Unión Europea.

A tal efecto, la Comisión presentó el 22 de diciembre de 2021 una propuesta de Directiva destinada a aplicar el pilar 2 de manera coherente y compatible con el Derecho de la Unión. Y el pasado mes de mayo, el Parlamento respaldó la propuesta de la Comisión para convertir en ley el acuerdo internacional para la fiscalidad corporativa. El texto fue apoyado por unanimidad (503 eurodiputados), con 46 votos en contra y 48 abstenciones.