Los productos “nicho” tienen como fecha límite de migración a SEPA hasta el 1 de febrero de 2016.
En España se consideran productos nicho los anticipos de crédito (cuaderno 58) y los recibos girados a través del cuaderno 32 y los recibos en papel. Después de ese día el único formato para el envío de ficheros y pagos SEPA será el XML. Tanto empresas como consumidores sufrirán cambios:
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Empresas y emisores de recibos.
- No podrán utilizar más los anticipos de crédito (cuaderno 58) ni los recibos (cuaderno 32).
- Como alternativa, dispondrán de otros productos de financiación. Infórmese cuanto antes en su entidad bancaria de las adaptaciones necesarias.
- Deberán reemplazar los formatos planos de ficheros por el formato XML cuando intercambien operaciones con su entidad bancaria. Consulte a su proveedor de software y/o entidad financiera sobre las herramientas informáticas a su disposición.
- No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.
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Consumidores
- Deberán comunicar siempre el IBAN en sus operaciones de cobros y pagos, en lugar del CCC.
- Dejarán de tener a su disposición herramientas de conversión de CCC a IBAN en sus entidades bancarias.
- No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.
Puede encontrar el IBAN en sus extractos, talonarios y banca electrónica, recuerde que está obligado a aceptar de sus contrapartidas cualquier IBAN de la SEPA. Como emisor de recibos, conviene adaptar la información básica a la extensión máxima del campo concepto (140 caracteres) y la cuenta de cargo de sus clientes puede estar radicada en cualquier otro país de la organización.
Como consumidor solo necesita una única cuenta para todos sus cobros y pagos dentro de la SEPA y tiene derecho a domiciliar el pago de sus recibos en cualquier IBAN de la SEPA.
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