Los productos “nicho” tienen como fecha límite de migración a SEPA hasta el 1 de febrero de 2016.

En España se consideran productos nicho los anticipos de crédito (cuaderno 58) y los recibos girados a través del cuaderno 32 y los recibos en papel. Después  de ese día el único formato para el envío de ficheros y pagos SEPA será el XML. Tanto empresas como consumidores sufrirán cambios:

  • Empresas y emisores de recibos.

    • No podrán utilizar más los anticipos de crédito (cuaderno 58) ni los recibos (cuaderno 32).
    • Como alternativa, dispondrán de otros productos de financiación. Infórmese cuanto antes en su entidad bancaria de las adaptaciones necesarias.
    • Deberán reemplazar los formatos planos de ficheros por el formato XML cuando intercambien operaciones con su entidad bancaria. Consulte a su proveedor de software y/o entidad financiera sobre las herramientas informáticas a su disposición.
    • No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.
  • Consumidores

    • Deberán comunicar siempre el IBAN en sus operaciones de cobros y pagos, en lugar del CCC.
    • Dejarán de tener a su disposición herramientas de conversión de CCC a IBAN en sus entidades bancarias.
    • No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.

 

Puede encontrar el IBAN en sus extractos, talonarios y banca electrónica, recuerde que está obligado a aceptar de sus contrapartidas cualquier IBAN de la SEPA. Como emisor de recibos, conviene adaptar la información básica a la extensión máxima del campo concepto (140 caracteres) y la cuenta de cargo de sus clientes puede estar radicada en cualquier otro país de la organización.

Como consumidor  solo necesita una única cuenta para todos sus cobros y pagos dentro de la SEPA y tiene derecho a domiciliar el pago de sus recibos en cualquier IBAN de la SEPA.