Hoy en día vemos mucho eso de “Horario flexible” pero, ¿se escudan los empresarios en el horario flexible para no pagar las horas extra?

La reciente Instrucción 3/2016 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social estipula que la consideración de horario flexible, perjudica a los trabajadores alterando el equilibrio contractual con la prolongación de la jornada laboral.

Es decir, los empresarios no pueden aprovecharse de ofrecer un horario flexible y después justificar la no retribución de las horas extra.

Debido a esto, la inspección está llevando a cabo un control más exhaustivo para asegurar el cumplimiento de la normativa relacionada con la jornada máxima de trabajo, horas extraordinarias, la compensación y cotización.

Actualmente los sectores más controlados están siendo la banca, actividades financieras, la industria manufacturera, el comercio, las actividades sanitarias y los servicios sociales.

¿En qué se basan estas inspecciones de trabajo?

 Inspecciónd de Trabajo Seguridad Social Horas ExtraLos controles se están llevando teniendo en cuenta cuatro aspectos importantes:

  • Comprobación de las horas extra realizadas por los trabajadores. Estas no puede ser superiores a 80 horas extra al año.
  • La remuneración y cotización de las horas extra.
  • Un correcto registro por parte de la empresa de la jornada laboral.
  • Verificar que los trabajadores tienen conocimiento de su realización.

Hasta el momento el empleado era el encargado de acreditar las horas extra que realizaba a la hora de reclamárselas a la empresa, la ley estipulaba que las empresas tenían que registrar el horario diario con el objetivo de compensar las horas extra si se realizaban.

El cambio, en resumen, indica que las empresas tienen que llevar un control diario de la jornada laboral de sus trabajadores para que los inspectores de trabajo comprueben si se están superando los límites establecidos de la jornada ordinaria.

El control está siendo tan agresivo que la inspección está sancionando a aquellas empresas que no registran las horas extra que están realizando sus empleados.

Según la ley las horas extra se pueden compensar de forma económica o bien con tiempo libre, teniendo en cuenta que dichas horas también cotizan en la seguridad social.

El problema que estaba surgiendo hasta ahora es que no se estaban registrando ni la mitad de las horas extraordinarias realizadas y esto no solo perjudica a los trabajadores, sino también a las arcas de la Seguridad Social, ya que, esas horas no registradas tampoco cotizan.