El devengo (Art. 75 LIVA).
El devengo es el principio por el cual todo ingreso o gasto nace en la etapa de compromiso, considerándose en este momento ya como incremento o disminución patrimonial a efectos contables y económicos. Es un derecho ganado que todavía no ha sido cobrado. En  resumen, el devengo es el momento en que se va a determinar cuál es la legislación aplicable a cada operación, como el hecho imponible y el tipo aplicable.

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