Se establecen dos nuevas tablas de retenciones sobre el trabajo: la anterior, vigente para los rendimientos de esta naturaleza devengados con anterioridad al 12 de julio de 2015:(En el siguiente cuadro se recogen los distintos tipos de retención que resultarán de aplicación en el Impuesto sobre la Renta. También se incluye el modelo resumen anual donde deben ser declaradas estas retenciones, con indicación de la clave de declaración correspondiente)

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Base para calcular el tipo de retención-
Hasta euros
Cuota de retención-
Euros
Resto base para calcular el tipo de retención-
Hasta euros
Tipo aplicable-
Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 20,00
12.450,00 2.490,00 7.750,00 25,00
20.200,00 4.427,50 13.800,00 31,00
34.000,00 8.705,50 26.000,00 39,00
60.000,00 18.845,50 En adelante 47,00

A partir del 12 de julio, los rendimientos devengados del trabajo se enfrentan a la siguiente tabla de retenciones general:

Base para calcular el tipo de retención-
Hasta euros
Cuota de retención-
Euros
Resto base para calcular el tipo de retención-
Hasta euros
Tipo aplicable-
Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 19,50
12.450,00 2.427,75 7.750,00 24,50
20.200,00 4.326,5 13.800,00 30,50
34.000,00 8.535,5 26.000,00 38,00
60.000,00 18.415,5 En adelante 46,00

Para regularizar las nuevas retenciones se permite que los pagadores lo hagan en las nóminas posteriores al 1 de agosto de 2015, lo cual facilitará el proceso de ajuste y disminuirá los costes de gestión de personal por parte de los Departamentos de Recursos Humanos.

Nuevas tarifas generales del IRPF.

En 2015 la escala general (estatal) del impuesto será la siguiente:

Base liquidable-
Hasta euros
Cuota íntegra-
Euros
Resto base liquidable-
Hasta euros
Tipo aplicable-
Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12
20.200,00 2.112,75 13.800,00 15
34.000,00 4.182,75 26.000,00 18,5
60.000,00 8.992,75 En adelante 22,5

También se modifican las escalas generales complementarias y la relativa a la prestación por alimentos del contribuyente.

Nueva escala de gravamen sobre el ahorro.

Base liquidabledel ahorro


Hasta euros

Cuota íntegra-
Euros
Resto base liquidabledel ahorro


Hasta euros

Tipo aplicable-
Porcentaje
0 0 6.000 19,5
6.000,00 1.170 44.000 21,5
50.000,00 10.630 En adelante 23,5

 Nuevo porcentaje de retención sobre las rentas del ahorro.

Será del 19,5%, en vez del 20%.

Este nuevo coeficiente de retención sobre las rentas del ahorro se aplicará también en el supuesto de retenciones sobre las rentas del ahorro de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Retenciones IRPF 2015