Esta reserva es una nueva “figura” que aparece como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, y viene a paliar (como así justifica la exposición de motivos de la norma) los efectos negativos que para el contribuyente de este impuesto puede tener la eliminación de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios y deducción por inversión de beneficios existentes en la ley anterior.

Básicamente estamos hablando de la no tributación de aquella parte del beneficio que se destine a la constitución de una reserva indisponible.