EXCLUSIÓN DE ESTIMACIÓN SIMPLIFICADA DE IVA Y DE ESTIMACIÓN OBJETIVA DE IRPF.

Quedarán excluidos del régimen de estimación objetiva de IRPF y del régimen simplificado de IVA: 1. Los empresarios o profesionales que realicen otras actividades económicas no comprendidas en el régimen especial simplificado de IVA, salvo que por tales actividades estén acogidos a los regímenes especiales de la ganadería, agricultura, y pesca o del recargo de [...]