A pocos días del inicio de la campaña de presentación de la declaración de la Renta y el patrimonio del año 2015 se aprueban los modelos correspondientes.

En la Orden HAP/365/2016 se establecen dónde, cómo y cuándo se deberá realizar la declaración de la Renta con dichos modelos, además se disponen los métodos de adquisición, rectificación, verificación y presentación del borrador de la declaración. Se establecen los requisitos comunes acerca del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas y la forma de presentar la declaración de dicho impuesto si es a través de un teléfono, vía telemática o presencial.

Cada año el mes de abril, en concreto el día 6, comienza la campaña de la renta del ejercicio anterior en este caso del año 2015, englobando la presentación de la declaración de la Renta de personas físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio. Siempre antes de comenzar la campaña se presentan los modelos en cuestión con todas sus modificaciones respecto al año anterior.

Como cambios significativos en esta campaña podemos señalar la transformación en las normativas, sobre todo en las que proceden de la Ley 26/2014 donde se modificaba la Ley de IRPF. También cabe destacar las acciones necesarias para aminorar la imposición tributaria que sufre el contribuyente con la Renta de las Personas Físicas.

En lo que se refiere a procedimientos la novedad más señalada es la nueva forma de presentar la declaración, ya que, la Agencia Tributaria con el ánimo de facilitar y agilizarle el trámite a los contribuyentes ha implantado en su plataforma virtual un mecanismo para que se pueda realizar todo el proceso vía web sin necesidad de personarse en ninguna oficina.