CONSULTORIO CLUB

💬 CONSULTA

Profesional con epígrafe profesional 826, personal docente de enseñanzas diversas, organiza retiros con pensión completa. ¿se puede encuadrar como agencia de viaje?          

☑ RESPUESTA

Las agencias de viaje actúan, normalmente, como intermediarios entre los clientes y las distintas empresas que brindan servicios relacionados con el turismo como las aerolíneas y hoteles. Es decir, las agencias de viaje suelen encargarse de la gestión del viaje y la estancia de los pasajeros, contratando los servicios necesarios como las líneas aéreas, el traslado, los hoteles, entrada a eventos, etc. Se encargan de informar/asesorar al cliente en cuanto al destino elegido y su función consiste en organizar/planificar el itinerario y todos aquellos aspectos relativos al viaje. En consecuencia, en la medida en que NO organiza los vuelos y los medios de cada miembro del grupo para la llegada a Formentera, siendo estos a cargo de cada participante”, entendemos que, a pesar de las condiciones del paquete a las que se refiere, no ha realizado las gestiones que lleva a cabo una agencia de viaje, por lo que no sería correcto encuadrarlo como tal.

En caso de que esta situación cambiase y se encargase de organizar los retiros en la forma indicada, el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas concreto en el que debería darse de alta para este tipo de actividades sería el 755.

▶ A nivel contable, deberán llevar una gestión de ingresos y gastos de forma separado por cada una de las actividades realizadas. En este sentido, si la única actividad en la que estuviese dado de alta fuese el epígrafe 826, los ingresos/gastos deberán incluirse en una misma partida que posteriormente se incluirán en su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Sin embargo, si la situación variase y también tuviese que darse de alta en el epígrafe 755 por considerar que presta los servicios propios de una agencia de viajes deberán diferenciar según los ingresos/gastos de cada actividad en la medida en que dicha diferenciación será de obligada inclusión en la declaración por el IRPF ya que deberá imputar los ingresos y gastos detallando cada uno de los epígrafes de actividad en los que se esté dado de alta.

El alta de actividades en el Modelo 036 no tiene carácter retroactivo. Las declaraciones censales de alta deben presentarse con anterioridad al inicio de las correspondientes actividades. Por lo tanto, si la actividad se inicia antes, la presentación se realizará fuera de plazo y la sanción aplicable será la del artículo 198.1.3º de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.