Novedades fiscales para 2015 en los rendimientos del trabajo:
Gastos deducibles
Reducción
Reducción por irregularidad con generación superior a dos años
Rendimientos de trabajo en especie exentos de tributación.
Valoración de la cesión de vivienda propiedad del pagador
Valoración de la cesión de uso de vehículos.
1. Gastos deducibles. Se suprime la reducción de los rendimientos del trabajo, se establece una reducción por gastos sin justificación de 2000€ que será de 4000€ si corresponden a trabajadores con movilidad geográfica, dicha deducción no podrá dar lugar a un rendimiento neto negativo. La reducción por trabajadores con movilidad reducida que sean trabajadores activos es 3500€ que serán 7750 si además necesitan ayuda de terceras personas y tienen movilidad reducida o el grado de discapacidad es mayor del 65 %.Se eliminara la reducción para los trabajadores activos mayores de 65 años. En caso de contribuyentes que hubieran tenido derecho a aplicar en 2014 la reducción por movilidad geográfica y les corresponda en el ejercicio siguiente podrán hacerlo aplicarlo la norma en vigor en 2014.
2. La reducción en los rendimientos del trabajo solo podrán aplicarla los contribuyentes con rendimientos neto inferiores a 4450€ siendo su cuantía de 37090€ para los que tengan rendimientos netos de hasta 11250€, siendo decreciente hasta los rendimientos de 14450€.
3. En cuanto a la reducción por irregularidad con generación superior a dos años. Los ingresos irregulares se deben imputar en un único periodo pero los anteriores a 2015 que se perciban fraccionado y se haya cobrado una fracción antes de dicha fecha podrán reducir en las fracciones de 2015 y siguientes, no se aplica si en 5 ejercicios anteriores se hubieran percibido otros también generados en más de dos años y se redujeron. Asimismo cuando se ejerciten opciones compra por acciones por los trabajadores concedidas antes de 1 de enero de 2015. Después de dicha fecha siempre que hubieran trascurrido más de dos años y no se concedieron anualmente podrán aplicar la reducción por irregularidad aunque el contribuyente hubiera obtenido otros rendimientos con periodo de generación superior a dos años pero aplicando el limite especial para las opciones por acciones en función del salario medio de los declarantes de renta que está vigente en 2014.
Por otra parte, los ingresos irregulares provenientes de la extinción de la relación laboral se pueden reducir aunque se fraccionen si el periodo de generación dividido entre el número de años del fraccionamiento es superior a dos, no se impide la reducción por haber percibido otro rendimiento en 5 años anteriores con periodo de generación de más de dos años y haberlos reducido. Se establece una limitación extra para estas indemnizaciones si superan los 700000 € no exentos siendo la reducción del 30€ de 300000 menos la diferencia entre la indemnización y 700mil por lo que no se aplica ninguna reducción si la indemnización supera un millón de euros y tampoco se aplica el limite si la extinción de la relación es anterior a 1 de enero de 2013.
4. Rendimientos de trabajo en especie exentos de tributaciónconsistente en la entrega gratuita o a precio inferior al del mercado de acciones de la empresa a los trabajadores cuando se concedan a todos los trabajadores de la entidad.
5. Valoración de la cesión de vivienda propiedad del pagador será del 10% del valor catastral y se aplicara el 5 % cuando el valor haya sido revisado y haya entrado en vigor el nuevo valor en el periodo impositivo o en los 10 anteriores.
6 La cesión del uso de vehículo por parte de la empresa a los trabajadores se valora por el 20% del coste de adquisición pero si el vehículo cedido es considerado eficiente energéticamente la valoración se podrá reducir hasta en un 30%.
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