Tablas de Cotización 2022
El programa de Nóminas del Club del Asesor incluye las tablas actualizadas para el año 2022 del Régimen General, Hogar y Agrario.
El programa de gestión laboral del Club muestra la información de las cotizaciones divididas en regímenes y periodos de vigencia. A principios del año en curso o cuando haya algún cambio legislativo pendiente de publicar en la web de la Seguridad Social, en la tabla se mostrará el campo Provisional.
Si el asesor quiere dar de alta un nuevo periodo de vigencia en el programa de Nóminas del Club del Asesor, tiene que seleccionar la fecha y el régimen para el que se necesita quiere crear una nueva tabla.
Aparecerán los datos actuales para que el asesor pueda modificar los que sean necesarios. Lo mismo sucederá si utiliza el botón Modificar, pero respetando el periodo de vigencia actual.
Régimen General de la Seguridad Social
Las cantidades a ingresar a la Seguridad Social se calculan aplicando a la base de cotización del trabajador el porcentaje o tipo de cotización que corresponde a cada contingencia protegida.
La base de cotización se calcula añadiendo a las retribuciones mensuales que tenga derecho a percibir el trabajador, o que realmente perciba, de ser éstas superiores, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las demás percepciones de vencimiento superior al mensual o que no tengan carácter periódico y se satisfagan en el ejercicio.
La base de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales también se utiliza para calcular las cotizaciones por Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.
- Contingencias Comunes: Se encuentran las bases de cotización (mensuales o diarias) mínimas y máximas para las distintas contingencias y categorías profesionales de los trabajadores (grupos de cotización), así como los mínimos de día y hora para la cotización en caso de contratos a tiempo parcial.
- Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional: Se incluyen los topes máximos y mínimos para la cotización por este tipo de contingencias.
Sistema Especial para Empleados de Hogar
A partir del 1 de enero de 2012 el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integró en el Régimen General como un Sistema Especial.
El empleador debe ser siempre el que realice el alta aunque el trabajador preste servicio en varios hogares. No obstante, desde el 1 de abril de 2013, los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores.
Las bases de cotización por contingencias comunes, estarán determinadas en escala, en función de la retribución mensual percibida por los empleados de hogar, incrementado con la parte proporcional de las pagas extraordinarias a que tenga derecho el mismo, por cada relación laboral.
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios
Desde el 1 de enero de 2012, los trabajadores por cuenta ajena que figuren incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a 31 de diciembre de 2011, quedan integrados en el Régimen General de la Seguridad Social mediante la creación de un sistema especial, así como los empresarios a los que presten sus servicios.
La cotización para el año 2022 correspondiente a los trabajadores agrarios por cuenta ajena y a los empresarios a los que presten sus servicios se regirá por la normativa vigente en el Régimen General de la Seguridad Social, distinguiéndose entre los periodos de actividad y de inactividad.
La cotización en periodos de actividad podrá efectuarse, a opción del empresario, por bases diarias, en función de las jornadas reales realizadas, o por bases mensuales.
En las dos primeras columnas se muestran las bases de cotización mensuales y en las dos últimas las que van por jornadas reales.
Dentro del programa nóminas del Club del Asesor y en la la pestaña Reducción se encuentra el cálculo de la reducción SEA, para el periodo 2022 – 2030, según se publicó en el Boletín de Noticias RED 2011/12, de 7 de diciembre.
El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre:
Para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, contiene todo un conjunto de medidas que afectan a buena parte de los ámbitos de la Seguridad Social, como son los de la revalorización de las pensiones y otras prestaciones sociales públicas.
- La determinación de las bases mínimas y máximas de cotización para 2019, teniendo en cuenta, asimismo, la incidencia del Real Decreto 1462/2018, por el que se aprueba la cuantía del SMI.
- El establecimiento de nuevos convenios especiales de la Seguridad Social o la nueva regulación de otros ya existentes (como sucede en el caso de los convenios en favor de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia); una nueva regulación del ámbito de cobertura en el RETA, con efecto en las formas de cotización.
- La extensión de beneficios de cotización al sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios.
- La modificación de la colaboración voluntaria con la Seguridad Social por parte de las empresas individualmente consideradas o, por último, ciertas modificaciones en las infracciones de empresas y trabajadores por cuenta propia en la Seguridad Social o de las sanciones a imponer cuando se producen las primeras.
RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SISTEMA ESPECIAL TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA AGRARIOS
SISTEMA ESPECIAL TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS
A partir del 1 de enero de 2019, las bases mensuales de cotización por contingencias comunes durante los períodos de actividad para los trabajadores que presten servicios durante todo el mes, son las siguientes:
La mejor explicación que he encontrado con diferencia: datos, tablas, desplegables… todo un trabajazo. Muy buen artículo para los que todavía pensamos en las antiguas categorías profesionales.
Nos alegra mucho tu comentario y que nuestras informaciones sean útiles para los lectores!! Muchas gracias!!
Excelente exposición, concisa, suficiente y comprensible.
Nos alegra que la información que publicamos sea de ayuda!! Muchas gracias por tu comentario!