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💬 CONSULTA

¿Por qué no aparece en el borrador de la renta la deducción en IRPF de 1.200 euros por descendiente con minusvalía a cargo?

☑ RESPUESTA

La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”) indica en su artículo 81.bis.a) que los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad podrán minorar la cuota diferencial del impuesto, por cada descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes previsto en el artículo 58 de la Ley del IRPF, hasta 1.200,00 euros anuales.

Es decir, para tener derecho a la deducción por descendientes con discapacidad a cargo, es necesario tener derecho al mínimo por descendientes, cuyos requisitos principales son los siguientes:

  1. Que el descendiente sea menor de 25 años a la fecha de devengo del Impuesto, salvo que sean descendientes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en cuyo caso podrá aplicarse el mínimo, cualquiera que sea su edad, si cumplen con los restantes requisitos;
  2. Que el descendiente viva con el contribuyente;
  3. Que el descendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000,00 euros anuales, excluidas las rentas exentas.
  4. Que el descendiente no presente declaración del IRPF.

Tal y como indica la Agencia Tributaria los contribuyentes tendrán derecho a percibir la deducción de forma proporcional al número de meses en que concurra de forma simultánea la situación de discapacidad y la realización de una actividad por cuenta propia o por cuenta ajena en la que esté dado de alta en el régimen que corresponda, o bien, como en su caso, que concurra de forma simultánea:

  • La situación de discapacidad
  • La percepción de prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección del desempleo, o pensiones abonadas por la Seguridad Social, Clases Pasivas o Mutualidades de Previsión Social alternativas.

En consecuencia, en la medida en que el declarante cumpla con los requisitos ut supra mencionados, si dichos datos no son reflejados en el propio borrador del IRPF, podrán introducirlo de manera manual siguiendo los pasos del siguiente vídeo explicativo: Deducción por ascendientes y descendientes con discapacidad a su cargo.

En caso de que sean el declarante y su cónyuge quienes tengan derecho a la aplicación de la deducción por el mismo descendiente, su importe deberá prorratearse por partes iguales (pudiéndose ceder el derecho a la percepción de la deducción entre ellos, presentando el Modelo 121).