Personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas como infracciones en las leyes (Ley General Tributaria), siempre que resulten responsables de las mismas:
- Los contribuyentes y los sustitutos de los contribuyentes.
- Los retenedores y los obligados a practicar ingresos a cuenta.
- Los obligados al cumplimiento de obligaciones tributarias formales.
- La sociedad dominante en el régimen de consolidación fiscal.
- Las entidades que estén obligadas a imputar o atribuir rentas a sus socios o miembros.
- El representante legal de los sujetos obligados que carezcan de capacidad de obrar.