Supuesto de que un socio/partícipe que haya capitalizado el paro en pago único y no se hayan superado los 5 años y esté pensando en transformar o disolver. ¿Qué le puede  pasar en el trato fiscal de de dicha capitalización?

Probablemente se consideren incumplidos los requisitos para mantener la exención, por lo que tendrá que regularizar su situación tributaria eliminando la exención. (Consulta Vinculante de la DGT V920/12, de 26 de abril de 2012).