Cada vez son más las empresas que tienen clientes en el extranjero y necesitan mandar parte de su plantilla allí durante un tiempo, el salario que perciban durante esta estancia podría estar exento de tributación. Para algunos es un aliciente y para otros una faena tener que desplazarse a otro país durante unos meses.

Una de las ventajas de estar unos meses fuera del país es que el salario que perciban los trabajadores durante ese tiempo está exento de tributación, eso sí, tienen que cumplirse unos requisitos:

  • La empresa que contrata estos trabajos tienen que ser no residente en España.
  • En el país en el que se realiza el trabajo existe un impuesto similar al IRPF, basta con que exista, el trabajador no tiene que tributar allí.

En caso de aplicar dicha exención de tributación, probablemente a la hora de realizar la declaración de la renta, dicha declaración sea objeto de inspección, por lo que la empresa tiene que tener bien documentado todos los detalles del desplazamiento.

  • Billetes de avión o copias, facturas de alojamiento durante la estancia en el extranjero.
  • Factura detallada de los trabajos que se han llevado a cabo en el extranjero y los detalles del cliente.

De esta forma quedará perfectamente demostrado que el trabajo se realizó en beneficio de una tercera empresa con domicilio fuera de España y aunque haya inspección esta no causará ningún tipo de problema.

Si tu empresa no facturara el servicio realizado, Hacienda podría considerar que el coste de personal y de viaje no es fiscalmente deducible en el Impuesto sobre sociedades, ya que, no es un gasto que sirva para la obtención de ingresos.