Os informamos sobre el Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico (BOE nº 165, de 11 de julio de 2015) (TOL5.198.365)

La cercanía de las elecciones generales y el resultado de las recientes elecciones autonómicas y locales obligan al Gobierno actual a adoptar medidas tendentes a cambiar las tendencias electorales, pretendiendo atraer a un conjunto de votantes claramente desencantado ante una situación de crisis económica que, en el caso español, lleva camino de durar ocho años.
Precisamente, 2015, parece haberse convertido en el año del cambio de rumbo de la economía española; así, el nuevo Cuadro macroeconómico presentado por el Gobierno en el mismo Consejo de Ministros que aprobó este Decreto-Ley, revela que nuestro Producto Interior Bruto (PIB) está creciendo a más del 3% interanual, se prevé que para todo el ejercicio sea del 3,3% y que España será la economía con el mayor aumento de este variable macroeconómica en 2015 en la Unión Europea.

 

También el empleo mejora, como señalan los datos recogidos en la parte I de la Exposición de Motivos de este Real Decreto-Ley.
Ciertamente, estas cifras optimistas contrastan con otros datos no tan positivos: desde la persistencia de un nivel de desempleo cercano al 25% que se resiste a disminuir, pasando por la existencia de unos dos millones de desempleados de larga duración hasta la creciente desigualdad social; todos estos números (detrás de los cuales, no lo olvidemos, hay personas) reflejan las profundas cicatrices que en nuestra sociedad ha dejado la crisis económica.

En estas condiciones, la recaudación está empezando a recuperarse con cifras cercanas a un 4% respecto del ejercicio anterior. Opinamos que tal evolución positiva de los ingresos públicos no supone que nuestro sistema fiscal esté recuperando la coherencia, pues los datos de presión fiscal global, medidos por la OCDE (“Revenue Statistics of Country Members”, que incluye la última información referida al año 2013) siguen reflejando que nuestro coeficiente de carga tributaria, algo superior al 33% sobre el PIB, sigue encontrándose entre cuatro y cinco puntos por debajo del 37% logrado en 2007, lo cual supone que la crisis fiscal del Estado no se ha resuelto y, además, el aumento de las bases imponibles en términos homogéneos, el 3,7%, apenas supera la evolución del PIB nominal.

Ahora bien, tal situación recaudatoria permite a un Gobierno necesitado de buenas noticias para afrontar las elecciones generales (otra cosa es que tal decisión sea ortodoxa, ya que conlleva alejar en el tiempo la reducción del déficit público que había sido otro de los mantras del Gobierno) disponer de un colchón de recursos, alrededor de los 2.000 millones de euros, que puede destinar a reducir la carga tributaria sobre los ciudadanos de a pie, es decir, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF).
Al afectar las medidas que luego comentaremos, en general, al IRPF y consistir las mismas, básicamente, en una minoración de las retenciones sobre diferentes modalidades de rentas, los ciudadanos dispondrán de mayor renta neta y, por la elasticidad de la misma respecto del consumo, incrementarán éste, por lo cual la demanda privada (variable en la cual se está centrando la recuperación de la economía española), máxime en un contexto vacacional, subirá.

De esta forma, cabe augurar buenos resultados para la actividad económica del III Trimestre de 2015, a costa de menores recursos públicos y una mayor relajación del gasto público, es decir, lo que suelen hacer los Gobiernos populistas, medidas objeto de feroces críticas de este Gobierno…populista.
En fin, nos encontramos ante una medida electoralista, de rebaja de la carga tributaria sobre los contribuyentes personas físicas (la actividad empresarial mantiene sustancialmente sus parámetros tributarios), en la cual, además, cabe la coincidencia de que, por un lado, se “adelanta” lo previsto en la Reforma Fiscal de 2014, para que entrase en vigor el 1 de enero de 2016 y, por otra parte, tal y como sucedía en general en la mencionada fiscal, lo que sucede es que la inmensa mayoría de la carga tributaria del IRPF se vuelve a situar a niveles de 2011, tal y como la propia
Exposición de Motivos del Decreto-Ley señala en sus primeros párrafos.
De hecho, téngase en cuenta que este Decreto-Ley, no sólo contiene disposiciones de carácter fiscal, sino otras de contenido económico (que se comentan en las partes II, III y IV de su Exposición de Motivos), cuyo análisis y comentario quedan fuera de nuestras competencias.