Un trabajador tiene efectos de presentación cuando para el mismo existe información válida a efectos de cálculo para cada uno de sus tramos, información valida a efectos de cálculo para cada uno de sus tramos, bien por la remisión de información en el fichero de bases, bien por la solicitud de un borrador por parte del usuario, o por el cálculo de las bases de oficio por parte de la TGSS siempre que se haya iniciado por el usuario el proceso de presentación en plazo.