Estado en el que se encuentran los bienes y derechos que se transmiten por el pago de las cantidades liquidadas o no, correspondientes a los tributos que graven tales transmisiones, cualquiera que sea su poseedor salvo que este sea un tercero protegido por la fe pública registral.
Tiene como efecto que los adquirentes de bienes afectos por Ley, al pago de la deuda tributaria responderán subsidiariamente con ellos, por derivación de la deuda tributaria, si la deuda no se paga.