Hacienda ofrece tanto a los contribuyentes como a las empresas que presentan impuestos en nombre de terceros, la opción de solicitar días de cortesía.

Durante estos días la Agencia Tributaria no mandará Notificaciones Electrónicas. Como máximo las empresas tienen hasta 30 días naturales al año, que normalmente son utilizados en temporadas vacacionales.

¿Cómo podemos solicitar los días de cortesía?

Lo primordial es que tengamos claro que para gestionar las notificaciones electrónicas y los días de cortesía como tercero, es necesario ser apoderado GENERALNOT.

mis-notificaciones-HaciendaLos apoderados pueden gestionar los días accediendo con el certificado electrónico con el que está registrado a su vez en el GENERALNOT.

Los días se solicitan a través de la Web de Hacienda del siguiente procedimiento:

  • Accedemos a la pestaña “Trámites” que está en el apartado “Mis notificaciones”.
  • Pinchamos en la opción “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.

¡Recomendación!

Puesto que es necesario solicitar los días de cortesía con al menos 7 días de antelación al comienzo de las vacaciones, lo mejor es hacer coincidir los primeros días de cortesía con 2 o 3 días previos al comienzo del periodo de vacaciones para evitar posibles notificaciones de última hora antes de cogernos ese descanso tan esperado.